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Hemos finalizado la campaña de la Renta de 2020, pero muchas empresas empiezan ahora con la tarea de presentar las declaraciones mensuales o trimestrales, el Impuesto de Sociedades (entre otros impuestos) o las cuentas anuales.

Es necesario depositar las cuentas anuales en plazo pues, de lo contrario, la empresa se expone a una sanción tal y como menciona el artículo 283 del TRLSC.

El plazo de presentación empezará a contar teniendo en cuenta la fecha de cierre del ejercicio social de la empresa, que suele ser el 31 de diciembre. Una vez pasado este periodo, la empresa dispone de 3 meses.

 

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