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Para desheredar a un hijo de su derecho a la legítima, resulta necesario que se den las causas de desheredación recogidas en el Código Civil (artículo 756 y 853 y ss.) y, en cumplimiento de lo dispuesto en el mismo, para desheredar a un hijo habrá que:

  • Solicitar la creación o modificación de testamento: si el testador no cuenta con testamento, es el mejor momento para hacerlo, porque tendrá que empezar a recabar las pruebas necesarias para justificar la desheredación.
  • Dejar anotado que se desea desheredar a un hijo: el testador, junto con el profesional que se encargue de custodiar el testamento y darlo por válido, tendrá que dejar claro en el mismo, que quiere desheredar a su hijo.
  • Entregar motivos de este paso: aportación de documentos que justifiquen la desheredación, necesarios para demostrar por qué el testador está dispuesto a desheredar a su hijo. Es decir, presentar las pruebas en las que el hijo, incurra en causa de desheredación.